Art. 449
Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 449

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En vigor desde 1 ene 2012
Está exenta de pago de la tasa la expedición de copias que solicite el personal al servicio de la Administración de la comunidad autónoma para el ejercicio de sus funciones. Se añade por la disposición final 1.27 de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-2272

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Pro

eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-449