Art. 413
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO VII

Art. 413

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En vigor desde 1 ene 2021
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios que se detallan a continuación, tanto si se prestan de oficio como a instancia de parte: 1. Entrega de documentos. 2. Expedición y renovación de carnets y certificados de acreditación profesional de instalador, de mantenedor y de conservador. 3. Derechos de examen. 4. Comunicaciones, otros certificados, informes y resoluciones a instancia de parte. Se modifica por la disposición final 1.10 de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1665 Se modifica por la disposición final 4.40 de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-656 Se añaden los apartados 6 y 7 por el .11 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-1526

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-413