Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 413
635 / 742En vigor desde 1 ene 2021
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios que se detallan a continuación, tanto si se prestan de oficio como a instancia de parte:
1. Entrega de documentos.
2. Expedición y renovación de carnets y certificados de acreditación profesional de instalador, de mantenedor y de conservador.
3. Derechos de examen.
4. Comunicaciones, otros certificados, informes y resoluciones a instancia de parte.
Se modifica por la disposición final 1.10 de la Ley 3/2020, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1665 Se modifica por la disposición final 4.40 de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-656 Se añaden los apartados 6 y 7 por el .11 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-1526
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-413