Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO XIV
Art. 388 sexies
528 / 742En vigor desde 1 ene 2015
Serán sujetos pasivos de la presente tasa los propietarios o poseedores de los animales agresores.
Se modifica por la disposición final 1.28 de la Ley 13/2014, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1059 Se añade por el .4 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-1526
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-388-sexies