Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 35
45 / 742En vigor desde 25 dic 1998
Son sujetos pasivos de esa tasa quienes soliciten cualesquiera de los servicios o actuaciones que constituyen el hecho imponible de la misma.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-35