Art. 163
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO XV

Art. 163

254 / 742
En vigor desde 25 dic 1998
Constituye el hecho imponible de la presente tasa la realización por parte de la Administración de las actividades encaminadas a la tramitación de las solicitudes de concesión de aguas depuradas.
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eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-163