Art. 147
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO XI

Art. 147

238 / 742
En vigor desde 25 dic 1998
Constituye el hecho imponible de esta tasa la realización de las actividades administrativas tendentes a la tramitación, autorización, puesta en servicio y reconocimiento de las instalaciones de elevación de aguas.
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eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-147