Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 1 ene 2020
Hasta tanto no sea aprobada y entre en vigor una Ley que regule en nuestra Comunidad Autónoma el procedimiento para realizar la exhumación de personas desaparecidas violentamente durante la Guerra Civil y la represión política posterior será de aplicación en los procesos de exhumación que se lleven a cabo en la Comunidad Autónoma de Cantabria el Protocolo de actuación en exhumaciones de víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura, publicada mediante la Orden PRE/2568/2011, de 26 de setiembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de septiembre de 2011, de conformidad con lo previsto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura. Se añade por el .50 de la Ley 5/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-504

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Pro

eli/es-cb/l/1998/10/13/11#disposicion-adicional-tercera