Art. 113
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª De las Bibliotecas

Art. 113

117 / 162
En vigor desde 22 dic 1998
Se crea el Sistema de Bibliotecas de Cantabria, cuyas funciones, en relación con el Patrimonio Bibliográfico y la lectura pública se desarrollarán en una ley específica.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/1998/10/13/11#art-113