Art. 22
Título TÍTULO III

Art. 22

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En vigor desde 31 dic 2023
Se aplicará la legislación sectorial eléctrica de ámbito estatal en lo relativo a los plazos de prescripción de infracciones y sanciones. Se añade por el art. único.4 de la Ley 8/2023, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-10012 Se suprime por el art. único.4 del Decreto-ley 8/2023, de 6 de noviembre. Ref. BOE-A-2024-4427

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Pro

eli/es-cn/l/1997/12/02/11#art-22