Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 1 ene 1998
a) La empresa «Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha» adoptará la forma jurídica de sociedad anónima y se regirá por sus propios Estatutos sociales, de acuerdo con las normas de Derecho Privado, sin perjuicio de las especialidades que se derivan de la presente Ley y las prescripciones establecidas en las Leyes de Hacienda y de Patrimonio de Castilla-La Mancha y demás normativa aplicable. b) En sus actuaciones deberá respetar los principios de publicidad y concurrencia propios de la contratación administrativa, tramitando los expedientes de contratación y ajustando su actividad de construcción a la legislación vigente.
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eli/es-cm/l/1997/12/17/11#art-2