Art. 11
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 11

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En vigor desde 1 ene 1997
La Agencia se regirá por lo dispuesto en la presente Ley; en la Ley 1/1984, de 19 de enero, de Administración Institucional de la Comunidad de Madrid; en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 7/1993, de 22 de junio, de adecuación a la Ley estatal 30/1992 de los procedimientos propios de la Comunidad de Madrid, en todo lo relativo a registro y régimen jurídico de los actos administrativos y demás normativa que resulte de aplicación.
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eli/es-md/l/1996/12/19/11#art-11