Art. Disposición transitoria única
9 / 11En vigor desde 13 may 1995
En la actual legislatura, la Comisión parlamentaria prevista en el artículo 7 se constituirá, a los efectos de esta Ley, a partir de la publicación de la presente Ley.
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Proeli/es/l/1995/05/11/11#disposicion-transitoria-unica