Art. 61
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 61

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En vigor desde 29 ene 1995
Será pública la acción para exigir, ante los órganos administrativos, el cumplimiento de lo establecido en esta Ley y las normas y planes que la desarrollen y ejecuten.
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eli/es-vc/l/1994/12/27/11#art-61