Art. 45
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 1.ª Competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias

Art. 45

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En vigor desde 25 ago 1994
En el seno de la Consejería competente en materia de sanidad se crea, en los términos establecidos en los artículos siguientes, el Servicio Canario de la Salud como organismo autónomo encargado de la ejecución de la política sanitaria de la Comunidad Autónoma de Canarias y de la gestión de las prestaciones y centros, servicios y establecimientos de la Comunidad Autónoma encargados de las actividades de salud pública y asistencia sanitaria.
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eli/es-cn/l/1994/07/26/11#art-45