Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional
39 / 41En vigor desde 1 ene 1989
Es competencia de la Comisión de Peticiones de las Cortes Valencianas la aprobación, a propuesta del Síndico de Agravios, del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Institución, que se publicará en el «Boletín Oficial de las Cortes Valencianas» y en el «Diario Oficial de la Generalidad Valenciana».
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Proeli/es-vc/l/1988/12/26/11#disposicion-adicional