Título TITULO XIV
Art. 144
144 / 181En vigor desde 26 jun 1986
1. El derecho a la protección de modelos de utilidad pertenece al inventor o a su causahabiente y es transmisible por todos los medios que el derecho reconoce.
2. Será de aplicación a la protección de modelo de utilidad lo dispuesto en los apartados 2 a 4 del artículo 10.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1986/03/20/11#art-144