Art. 36
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Régimen de actuación de la iniciativa privada en los servicios de tiempo libre educativo infantil y juvenil

Art. 36

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En vigor desde 29 ene 2023
Las administraciones públicas de las Illes Balears, en el ámbito de sus competencias, pueden organizar la prestación de los servicios de tiempo libre educativo destinados a niños, niñas y jóvenes de las Illes Balears mediante las siguientes fórmulas: gestión directa, régimen de concierto previsto en esta ley, gestión indirecta en el marco de la normativa de contratación del sector público, y convenios con entidades sin ánimo de lucro.
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eli/es-ib/l/2022/12/23/10#art-36