Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 12
12 / 19En vigor desde 22 nov 2022
La Comunidad de Madrid en el ejercicio de su autonomía financiera, determinará el volumen y estructura del gasto público atendiendo al uso eficiente de los recursos necesarios para sufragar sus servicios, teniendo en cuenta la situación económica y los objetivos de política económica y lo dispuesto en Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.
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Proeli/es-md/l/2022/11/16/10#art-12