Art. Disposición transitoria única
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 4 abr 2021
En tanto no se regulan los coeficientes por razón de servicio que puedan corresponder al personal de la Xunta de Galicia por residencia en el extranjero, se aplicarán de forma supletoria los que están establecidos en el ámbito de la Administración general del Estado.
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