Art. 49
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 49

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En vigor desde 4 abr 2021
1. El órgano de dirección de la Administración autonómica responsable de velar por el desarrollo y ejecución de la Estrategia gallega de acción exterior (Egaex) negociará con las autoridades competentes del ministerio competente en asuntos exteriores la adopción de modelos armonizados de memorandos de entendimiento que satisfagan los requerimientos de las legislaciones estatal y autonómica y que, de este modo, permitan agilizar los procedimientos internos de coordinación entre ambas administraciones, y de estas con otras administraciones, corporaciones o entidades públicas gallegas. 2. Las administraciones, corporaciones o entidades públicas gallegas que promuevan la firma de acuerdos internacionales no normativos intentarán adecuar sus propuestas a dichos modelos armonizados. Si no fuera posible, comunicarán con suficiente antelación esta circunstancia, de forma motivada, y las alternativas que propongan, al órgano de dirección de la Administración autonómica responsable de velar por el desarrollo y ejecución de la Egaex. Este estudiará cada caso y contrastará con el ministerio competente en asuntos exteriores las alternativas que estime más adecuadas, que habrán de ser siempre compatibles con el ordenamiento jurídico español.
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eli/es-ga/l/2021/03/09/10#art-49