Art. 31
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Participación en la formación de la voluntad del Estado ante la Unión Europea

Art. 31

31 / 124
En vigor desde 4 abr 2021
La persona titular de la consejería que concentre las competencias y funciones primordiales en materia de relaciones con la Unión Europea y acción exterior designará a las personas representantes de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia en el Grupo de trabajo de asuntos europeos y acción exterior, encuadrado en la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia. Estas personas representantes mantendrán informado al órgano que los designó sobre sus actividades a través del órgano de dirección de la Administración autonómica en el que se encuadren las competencias fundamentales de relaciones con la Unión Europea y acción exterior.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2021/03/09/10#art-31