Art. 3
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

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En vigor desde 4 abr 2021
En el desarrollo y ejecución de la presente ley se observarán los siguientes principios rectores: a) Lealtad constitucional y estricto acatamiento del bloque de la constitucionalidad española, del derecho de la Unión Europea y del derecho internacional aplicable. b) Máxima coordinación con las autoridades estatales españolas constitucionalmente rectoras de la política exterior y de las relaciones internacionales, y de sus agentes, autoridades y funcionarios en el ámbito exterior. c) Respeto y promoción del cumplimiento efectivo de los derechos humanos conforme a los tratados y otros acuerdos internacionales celebrados por España y la Unión Europea, tanto de los derechos civiles y políticos como de los derechos económicos, sociales y culturales, bajo el principio de indivisibilidad e interdependencia de los mismos y como fundamento de los esfuerzos en favor del desarrollo humano sostenible. d) Defensa de los derechos, libertades y legítimos intereses de la ciudadanía gallega en el exterior, de las entidades en las que se integre y de las empresas gallegas que promuevan actividades fuera de territorio español. e) Promoción de la cultura y la lengua gallegas. f) Promoción de la imagen marca-país de Galicia. g) Permanente adaptación al cambio en la escena exterior, a fin de mejorar la competitividad para coadyuvar a preservar de esta manera el bienestar de la sociedad gallega y los servicios públicos que merece la ciudadanía. h) Alcanzar la convergencia real con los principales indicadores socioeconómicos de la Unión Europea, y singularmente la tasa de actividad media en la Unión. i) Profundizar y mejorar la internacionalización de la sociedad gallega. j) Los principios específicos de la cooperación para el desarrollo establecidos en el artículo 80. k) La coherencia de políticas para el desarrollo sostenible realizadas por las administraciones públicas gallegas para la transversalización de la Agenda global de desarrollo humano sostenible en el conjunto de las políticas de la Administración autonómica y de la Administración local en el ámbito de sus respectivas competencias. l) La eficiencia en el uso de los recursos públicos, evitando especialmente la duplicidad o la redundancia de la acción exterior gallega respecto a la estatal y favoreciendo el uso de las posibilidades de los medios digitales y del espacio virtual. m) Máxima transparencia en las actuaciones, como garantía de legitimidad. n) Definición de prioridades claras, por la imposibilidad de hacer todo al mismo tiempo y de estar en todos los ámbitos geográficos. ñ) Respeto por la soberanía de todos los pueblos, la solución pacífica de los conflictos y el derecho de cada pueblo a decidir sobre su futuro, de conformidad con el marco legal internacional. o) Alineamiento con los objetivos de la Agenda de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas. p) Los restantes principios recogidos en la normativa estatal sobre la materia.
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eli/es-ga/l/2021/03/09/10#art-3