Art. 29
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Participación en la formación de la voluntad del Estado ante la Unión Europea

Art. 29

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En vigor desde 4 abr 2021
1. La persona titular de la consejería competente en materia de relaciones con la Unión Europea y acción exterior será la representante de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia en la Conferencia para Asuntos Relacionados con la Unión Europea (CARUE). 2. La persona titular del órgano de dirección de la Administración autonómica en el que se encuadren las competencias fundamentales de relaciones con la Unión Europea y acción exterior será la representante de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia en la Comisión de Coordinadores de Asuntos con la Unión Europea. 3. La Administración general de la Comunidad Autónoma procurará que en el seno de la CARUE se aborden todas aquellas cuestiones prácticas relacionadas con el ejercicio de la participación autonómica en asuntos de la Unión Europea, especialmente en lo referido al Consejo de la Unión Europea, a sus grupos de trabajo y a los comités de la Comisión Europea.
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