Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 88
89 / 290En vigor desde 1 ene 2022
La tasa regulada en este capítulo tiene carácter finalista, por lo que los ingresos derivados de la misma quedan afectados a la financiación del coste del control sanitario prestado por la Consejería con competencias en materia de salud o entidad competente.
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Proeli/es-an/l/2021/12/28/10#art-88