Art. 67
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 67

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En vigor desde 1 ene 2022
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación de la solicitud de expedición y renovación de las licencias que, conforme a la legislación vigente, son necesarias para practicar la pesca marítima de recreo.
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eli/es-an/l/2021/12/28/10#art-67