Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 58
58 / 290En vigor desde 1 ene 2022
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios y la realización de actividades para la defensa, conservación y mejora de la ganadería que se enumeran en el artículo 60, tanto si son solicitados por las personas interesadas como si se prestan de oficio.
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Proeli/es-an/l/2021/12/28/10#art-58