Art. 266
Título TÍTULO XIXCapítulo CAPÍTULO ÚNICO

Art. 266

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En vigor desde 1 ene 2022
Constituye el hecho imponible de esta tasa la autorización administrativa previa a la celebración de negocios jurídicos cuyo objeto sean licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual, ya sean de radio o de televisión.
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