Título TÍTULO XVI›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. 255
260 / 290En vigor desde 1 ene 2022
La tasa se devengará cuando se presente la solicitud de inscripción en las pruebas, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2021/12/28/10#art-255