Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO XIII
Art. 210
214 / 290En vigor desde 1 ene 2022
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación de las autorizaciones para las excepciones al régimen general de protección de las especies silvestres y sus hábitats y para la fotografía, filmación, grabación, observación o seguimiento de especies silvestres de conformidad con lo establecido en el Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats.
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Proeli/es-an/l/2021/12/28/10#art-210