Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 183
186 / 290En vigor desde 1 ene 2022
El importe de la cuota tributaria es:
1. Elaboración del presupuesto del coste de los trabajos necesarios hasta completar el apeo y deslinde del tramo (artículo 242.1 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril). 155,52 euros por cada tramo a deslindar. 2. Delimitación técnica de la línea de deslinde (por kilómetro del tramo de cauce sobre el que se solicita la delimitación, calculándose el importe final por la regla proporcional sobre la longitud real solicitada). 1.013,43 euros por kilómetro.
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Proeli/es-an/l/2021/12/28/10#art-183