Art. 180
Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 180

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En vigor desde 1 ene 2022
Estarán exentos del pago de la tasa aquellos sujetos pasivos que en ese mismo ejercicio hayan devengado una tasa por servicio de inspección en materia de autorizaciones ambientales integradas o unificadas de las instalaciones asociadas al vertido.
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eli/es-an/l/2021/12/28/10#art-180