Art. 162
Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 162

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En vigor desde 1 ene 2022
1. La tasa por solicitud de concesión de la etiqueta ecológica será objeto de las siguientes reducciones: a) Reducción del 30%, para los solicitantes registrados en el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), siempre que su alcance comprenda la fabricación de los productos o prestación del servicio para el/los que se solicita la etiqueta ecológica de la UE (EU Ecolabel). b) Reducción del 15%, para los solicitantes que dispongan de certificación conforme a la norma ISO 14001, siempre que su alcance comprenda la fabricación de los productos o prestación del servicio para los que se solicita la etiqueta ecológica de la UE. 2. Las reducciones estarán sujetas a la condición de que el solicitante se comprometa expresamente a mantener el registro en el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS) o la certificación conforme a la norma ISO 14001 durante el período de validez del contrato Ecolabel. 3. Las reducciones no serán acumulativas. Cuando se satisfagan ambos sistemas solo se aplicará la reducción más elevada.
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eli/es-an/l/2021/12/28/10#art-162