Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 155
156 / 290En vigor desde 1 ene 2022
Serán sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten, o a quienes se presten o realicen, los servicios y las actividades administrativas que constituyen el hecho imponible.
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Proeli/es-an/l/2021/12/28/10#art-155