Art. 152
Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO III

Art. 152

153 / 290
En vigor desde 1 ene 2022
La tasa se devengará cuando se presente la solicitud del suministro de información ambiental, que no se tramitará sin que se haya efectuado el pago correspondiente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2021/12/28/10#art-152