Art. 5
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 5

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En vigor desde 9 abr 2019
La presente ley tiene como principales objetivos: a) Crear las condiciones necesarias para garantizar el libre desarrollo de la vida personal y familiar, así como el acceso, permanencia y promoción laboral de las personas, incluidas aquellas que hayan asumido responsabilidades familiares. b) Atender las características especiales que se den en las distintas modalidades de familia, con especial atención a las numerosas, monoparentales, con personas con discapacidad o dependencia a su cargo, en riesgo de exclusión social o en situación de vulnerabilidad. c) Promover la igualdad de hombres y mujeres en el acceso, permanencia y promoción laboral, en especial, frente a situaciones de brecha salarial de género. d) Mantener una red pública de plazas para la atención de menores, dirigida a favorecer la conciliación de la vida familiar, personal y laboral. e) Impulsar una oferta flexible y variada de servicios y centros de atención a personas mayores, personas en situación de dependencia y personas con discapacidad. f) Fomentar la corresponsabilidad en el ámbito familiar para el cuidado y atención de menores y de personas dependientes y/o con discapacidad, así como el reparto equilibrado de las obligaciones familiares. g) Crear las condiciones necesarias para el ejercicio de la parentalidad positiva, promoviendo el desarrollo y cuidado de sus hijos e hijas, con igual participación por parte de ambos progenitores. h) Incentivar, en los sectores público y privado, la adopción de medidas que impulsen la igualdad de oportunidades en especial, aquellas relacionadas con el espacio y tiempo de trabajo, la racionalización de horarios y turnos y la flexibilización horaria, que permitan compatibilizar la vida personal, familiar y laboral, y, en su caso, medidas dirigidas a la eliminación de la brecha salarial de género. i) Sensibilizar, con la colaboración de los agentes económicos y sociales, sobre la importancia del apoyo a las personas y familias en el ejercicio del derecho a la conciliación y la corresponsabilidad en las obligaciones familiares, así como sobre la eliminación de la brecha salarial de género. j) Potenciar los desarrollos tecnológicos, Big Data e I+D+i que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la eliminación de la brecha salarial de género.
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eli/es-cl/l/2019/04/03/10#art-5