Art. 19
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 19

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En vigor desde 9 abr 2019
La Junta de Castilla y León promoverá el reconocimiento público de las entidades privadas que presenten una actitud proactiva hacia la promoción de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y a la conciliación de la vida familiar y laboral. A tales efectos, se distinguirá públicamente por la Administración de la Comunidad, por un lado, las mejores prácticas innovadoras y, por otro, las mejores políticas empresariales en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
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