Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición transitoria segunda
39 / 45En vigor desde 14 may 2019
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, las cámaras adaptarán el contenido de sus actuales reglamentos de régimen interior a la Ley 4/2014, de 1 de abril, y a la presente ley.
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Proeli/es-cn/l/2019/04/25/10#disposicion-transitoria-segunda