Art. 134
Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección segunda. Tasa de almacenaje de mercancías (T02)

Art. 134

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En vigor desde 1 ene 2020
Están exentas de la tasa de almacenaje de mercancías las mercancías a las que se refiere el artículo 167.
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