Art. 91
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 91

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En vigor desde 2 may 2019
Son infracciones muy graves: a) El incumplimiento del deber de reducciones de emisiones difusas de gases de efecto invernadero impuesto de acuerdo con el artículo 26 de la presente ley, cuando estas emisiones superen en un 100% el indicador permitido y la empresa haya sido advertida previamente por los servicios públicos de inspección. b) La reincidencia en la comisión de infracciones graves cuando se haya sido sancionado en los dos años anteriores a su comisión.
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eli/es-ib/l/2019/02/22/10#art-91