Título TÍTULO VI
Art. Disposición final tercera
98 / 104En vigor desde 1 ene 2020
El párrafo b) del apartado 1 del artículo 2 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, queda modificado como sigue:
«b) Sujetos instrumentales con presupuestos de carácter estimativo: 1.º Empresas públicas regionales. 2.º Fundaciones públicas regionales. 3.º Consorcios pertenecientes al sector público regional.»
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Proeli/es-cm/l/2019/12/20/10#disposicion-final-tercera