Art. 40
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 40

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En vigor desde 1 ene 2020
El régimen retributivo de los funcionarios interinos y del personal eventual incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, se regirá por lo dispuesto en los artículos 89 y 92 de dicha ley, respectivamente.
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