Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 18 oct 2019
Todas las referencias que en la ley se hacen al Centro Coordinador de Emergencias 112 de Extremadura se entenderán formuladas al Centro de Atención de Urgencias y Emergencias de Extremadura 112 en el ámbito de respuesta inmediata a las situaciones de emergencia o catástrofe.
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