Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional quinta
70 / 75En vigor desde 18 oct 2019
A los efectos de esta ley se estará a lo dispuesto en la disposición adicional primera bis («Cruz Roja Española y otras entidades colaboradoras») de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, en el ámbito competencial y territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Proeli/es-ex/l/2019/04/11/10#disposicion-adicional-quinta