Título TÍTULO I
Art. 7
7 / 105En vigor desde 17 feb 2024
Las personas usuarias de los servicios de comunicación audiovisual tienen derecho a recibir una comunicación audiovisual plural de acuerdo con el principio de pluralismo previsto en el artículo 5 de la Ley 13/2022, de 7 de julio.
Se modifica por el .3 del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero. Ref. BOJA-b-2024-90030
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2018/10/09/10#art-7