Art. Disposición final quinta
Título TÍTULO QUINTO

Art. Disposición final quinta

48 / 48
En vigor desde 11 nov 2018
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/2018/11/09/10#disposicion-final-quinta