Art. Disposición adicional segunda
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 21 dic 2017
La Junta de Gobierno Local del municipio de Zaragoza se denomina, por efecto de esta Ley, Gobierno de Zaragoza. A tal efecto, las menciones que aparezcan en las normas vigentes referidas a la Junta de Gobierno Local se entenderán hechas al Gobierno de Zaragoza.
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