Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 41
41 / 70En vigor desde 21 dic 2017
El municipio de Zaragoza ejercerá en su término municipal las mismas competencias en materia de turismo que las atribuidas a las comarcas en los términos y condiciones legalmente establecidos.
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Proeli/es-ar/l/2017/11/30/10#art-41