Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 70En vigor desde 21 dic 2017
De acuerdo con la autonomía garantizada constitucionalmente, y con lo previsto en el Estatuto de Autonomía de Aragón, en la Carta Europea de Autonomía Local y en la legislación de régimen local, el municipio de Zaragoza goza de personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar y potestades suficientes para ordenar y gestionar los asuntos de interés público que afecten a sus ciudadanos.
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Proeli/es-ar/l/2017/11/30/10#art-2