Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 6.ª Otros órganos
Art. 17
17 / 70En vigor desde 21 dic 2017
El Gobierno de Zaragoza podrá crear un Consejo Jurídico Municipal para emitir informes y dictámenes de carácter no vinculante sobre cualesquiera asuntos de interés municipal. Su composición y funcionamiento se determinarán en el acuerdo de creación.
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Proeli/es-ar/l/2017/11/30/10#art-17