Art. 57
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 57

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En vigor desde 31 oct 2017
La presentación de la solicitud de tasación pericial contradictoria o la reserva del derecho a promoverla, en caso de notificación conjunta de los valores y de las liquidaciones que los hayan tenido en cuenta, determinará la suspensión del ingreso de las liquidaciones practicadas y de los plazos para interponer recurso o reclamación contra las mismas.
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eli/es-ri/l/2017/10/27/10#art-57